lunes, 25 de abril de 2016

Gestión previa a la importación de productos.

Damos a conocer lo que DIGEMID menciona en el artículo 24°, el cual es importante tomar en cuenta para dicho tramite. Así mismo les informamos que nosotros como empresa, INNTRASER, no competimos con nuestros clientes, trayendo los mismos productos o derivados. Estamos para ayudarlo en todo tipo de gestión previa a la importación.

Bien, en el Artículo 24° menciona lo siguiente:

Sin perjuicio de la documentación general requerida para las importaciones de productos, (el cual puede verificar en el siguiente enlace ¿Qué documentación es exigible para hacer una Importación?) se requiere adicionalmente presentar lo siguiente:


1. Copia de la Resolución que autoriza el registro sanitario del producto o dispositivo, certificado de registro sanitario del producto o dispositivo importado del producto, según corresponda.

2. Identificación del embarque por lote de fabricación (para el caso de equipos biomédicos se acepta número de lote o serie) y fecha de vencimiento del producto o dispositivo, según corresponda. Para el caso de productos sanitarios, se requiere lote, serie o código de identificación.

3. Para derivados de plasma humano, un certificado de negatividad de HIV, Hepatitis 
B y C.

4. Para productos biológicos derivados de ganado bovino, ovino y caprino, un certificado de negatividad de encefalopatía enpongigorme bovina.

4.1 Copia de certificado de análisis o protocolo de análisis del lote que ingresa según correponda de acuerdo al tipo de producto o dispositivo. (NO APLICA PARA EQUIPOS BIOMÉDICOS)

5.Copia del certificado de Buenas Prácticas de Manufactura vigente del fabricante emitido por la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. 

6.Se aceptan los certificados de Buenas Prácticas de Manufactura emitido por la autoridad competente de los países de alta vigilancia sanitaria y los países con los cuales exista reconocimiento mutuo. 

  • En el caso de medicamentos herbarios de uso tradicional, y galénicos importados, se acepta el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura emitido por la Autoridad o Entidad Competente del país de origen.
  • En el caso de productos dietéticos y edulcorantes importados, se acepta el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura o su equivalente emitido por la Autoridad o Entidad Competente del país de origen. PARA EL CASO DE DISPOSITIVOS SE ACEPTA EL DOCUMENTO QUE ACREDITE EL CUMPLIMIENTO DE BUENA PRÁCTICAS ESPECÍFICAS A LOS TIPOS DE DISPOSITIVO DE ACUERDO AL NIVEL DE RIESGO EMITIDO POR LA AUTORIDAD O ENTIDAD COMPETENTE DEL PAÍS DE ORIGEN. Se exceptúa de este numeral a los productos sanitarios; PARA EQUIPOS BIOMÉDICOS DE TECNOLOGÍA CONTROLADA QUE EMITEN RADIACIONES IONIZANTES, COPIA DE LA AUTORIZACIÓN PARA LA IMPORTACIÓN DEL EQUIPO EMITIDA POR EL INSTITUTO PERUANO DE ENERGÍA NUCLEAR- IPEN O LA AUTORIDAD COMPETENTE EN LA MATERIA.

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